Roni

miércoles, 19 de mayo de 2010

EL GOBIERNO




El Gobierno de España tiene su principal regulación en el Título IV de la Constitución española de 1978 (CE) (también en el Título V respecto de su relación con las Cortes Generales) y en la Ley del Gobierno.


El Palacio de La Moncloa es la sede de la Presidencia del Gobierno de España y residencia de su titular.

De acuerdo con el artículo 97 de la CE y el artículo 1.1 de la LG, "el Gobierno dirige la política interior y exterior, la Administración civil y militar y la defensa del Estado. Ejerce la función ejecutiva y la potestad reglamentaria de acuerdo con la Constitución y las leyes". también indica los tres principios de funcionamiento del gobierno:

- principio de dirección de presidencia, el presidente del gobierno determina las de la política.

- principio de responsabilidad solidaria y acción colegiada
- principio departamental, teniendo el titular del departamento una amplia autonomía responsabilidad


Composición


Según el artículo 98 de la Constitución Española y el artículo 1.2 de la Ley del Gobierno, el Gobierno de España está compuesto por:

El Presidente del Gobierno.
El Vicepresidente o Vicepresidentes, si existen. Su existencia es potestativa y no obligatoria, Sus funciones son las que le encomiende el Presidente.
Los Ministros. El nombramiento y cese lo realiza el Rey a propuestas del Presidente del Gobierno y cesa por el mismo procedimiento. Sus funciones son las del ámbito departamental de su ministerios.
Éstos se reúnen en Consejo de Ministros y en Comisiones Delegadas del Gobierno.

De acuerdo con el artículo 11 de la Ley del Gobierno, "para ser miembro del Gobierno se requiere ser español, mayor de edad, disfrutar de los derechos de sufragio activo y pasivo, así como no estar inhabilitado para ejercer empleo o cargo público por sentencia judicial firme". Además, el artículo 14.1 de la misma ley establece que "los miembros del Gobierno no podrán ejercer otras funciones representativas que las propias del mandato parlamentario, ni cualquier otra función pública que no derive de su cargo, ni actividad profesional o mercantil alguna".

Incompatibilidad, no podrá ejercer otras funciones representativas más que las propias del mandatos parlamentario, ni cualquier otra función que no sea derivada de su cargo, siendo de aplicación el régimen de incompatibilidad de alto cargo.
Los órganos de colaboración y de apoyo del Gobierno, según el Capítulo II del Título I de la Ley del Gobierno, son:

- Los Secretarios de Estado.
- La Comisión General de Secretarios de Estado y Subsecretarios.
- El Secretariado del Gobierno.

- Los Gabinetes.


Funciones


Las funciones del gobierno se encuentran vinculadas a un programa que ha de ser aceptado por el Congreso, que podrá ser sometido a cuestión de confianza o a una moción de censura.

Legislativas Art. 87 y 88, proyectos de ley, prioridad ante las proposiciones de las Cortes Generales; Dictar decretos legislativos y decretos ley; potestad para dictar reglamentos; la actividad de gobierno se articula a través de un programa y se materializa en leyes.

Monarca El refrendo de los actos del Rey asumiendo la responsabilidad, excepto la disolución de la cámara y proposición del presidente que lo refrenda el Presidente de la Cámara

Políticas El gobierno asesora al Presidente del Gobierno ante la disolución del parlamento y la prestación de la cuestión de confianza.

Gestión Elabora el presupuesto y las Cortes Generales lo examina y aprueban, el gobierno realiza la planificación económica para armonizar y equilibrar el desarrollo regional.

Internacionales El art. 97 atribuye al gobierno la dirección de la política exterior ligada a la defensa y las relaciones internacionales.

Justicia Propone el nombramiento del Fiscal General del Estado, el nombramiento de 2 miembros del Tribunal Constitucional, interponer el recurso de inconstitucionalidad y miembros del Consejo General del Poder Judicial.


Control al Gobierno


El Gobierno responde solidariamente de su gestión ante el Congreso de los Diputados Las Cámaras y sus Comisiones podrán recabar , a través de sus Presidente la información y ayuda que precisen del Gobierno y departamentos, de las autoridades del Estado o de las CCAA. Las Cámaras podrán reclamar la presencia de los miembros del Gobierno. Los miembros del Gobierno tiente acceso a las sesiones de las Cámaras y de sus Comisiones y facultad de hacerse oír en ellas. El Gobierno y cada uno de sus miembros están sometidos ala interpelaciones y preguntas que se les formulen las Cámaras.


Delegaciones del Gobierno



Delegación del Gobierno: representa al Gobierno de España en cada una de las comunidades autónomas.
Subdelegación del Gobierno: representa al Gobierno de España en cada una de las provincias.


Dirección Insular


Delegación del Gobierno para la Extranjería y la Inmigración
Hasta mediados de los años 90 las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno recibían el nombre de Gobiernos Civiles, y había uno en cada provincia.


Relaciones del Gobierno con el poder legislativo


El Gobierno responde solidariamente de su gestión política ante el Congreso de los Diputados. El Congreso o el Senado (y sus respectivas Comisiones) pueden reclamar la presencia de los miembros del Gobierno.

Los miembros del Gobierno tienen acceso a las sesiones del Congreso o del Senado (y a sus respectivas Comisiones).

El Gobierno y cada uno de sus miembros están sometidos a las interpelaciones y preguntas que se le formulen en el Congreso o el Senado.


Moción de censura


El Congreso de los Diputados puede exigir la responsabilidad política del Gobierno mediante la adopción por mayoría absoluta de la moción de censura. La moción de censura debe ser propuesta al menos por la décima parte de los Diputados, y debe incluir un candidato a la Presidencia del Gobierno. La moción de censura no podrá ser votada hasta que transcurran 5 días desde su presentación. En los 2 primeros días de la presentacíón de la moción pueden proponerse mociones alternativas.

Si la moción de censura no fuera aprobada por el Congreso, los diputados que la firmaron no podrán presentar otra durante el mismo período de sesiones.

Si el Congreso adopta una moción de censura, el Gobierno debe presentar su dimisión al Rey y el candidato incluido en la moción quedará investido de la confianza del Congreso. En consecuencia, el Rey le nombrará Presidente del Gobierno.



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